Las reservas son cuentas de patrimonio de naturaleza acreedora que recogen beneficios generados por la entidad y no distribuidos a los socios. Se abonan al constituirse y se cargan cuando se aplican o se distribuyen.
Naturaleza de la cuenta
Una reserva no es dinero guardado en una caja ni un activo separado. Es una partida del patrimonio que indica el origen y la afectación de una parte de los recursos propios: informa de que ese importe de beneficios se retuvo en la empresa en lugar de repartirse.
Su saldo es acreedor, como el de todas las cuentas de patrimonio. Aumenta por el haber y disminuye por el debe.
Idea clave
Constituir una reserva no genera liquidez. El efectivo correspondiente pudo haberse invertido en maquinaria, en inventarios o en cancelar deuda. La reserva registra el origen de los recursos, no su forma actual.
Dónde se ubican en el balance
Las reservas figuran dentro del patrimonio, después del capital social y de la prima de emisión, y antes de los resultados acumulados y del resultado del ejercicio. Un patrimonio típico se ordena así:
| Partida | Origen |
|---|---|
| Capital social | Aportaciones de los socios |
| Prima de emisión | Exceso sobre el valor nominal en una ampliación |
| Reserva legal | Retención obligatoria de beneficios |
| Reservas estatutarias | Impuestas por los estatutos sociales |
| Reservas voluntarias | Decisión libre de la junta de socios |
| Otras reservas | Reservas de finalidad específica |
| Resultados acumulados | Beneficios de ejercicios anteriores sin asignar |
| Resultado del ejercicio | Ganancia o pérdida del periodo |
Cuentas de reservas más habituales
Reserva legal. Su constitución viene impuesta por la ley societaria, que suele exigir destinar un porcentaje del beneficio anual hasta alcanzar una fracción del capital social. Es indisponible salvo para compensar pérdidas.
Reservas estatutarias. Nacen de una previsión de los estatutos de la sociedad y solo pueden modificarse reformándolos.
Reservas voluntarias. Las acuerda libremente la junta al distribuir el resultado. Son plenamente disponibles y constituyen el instrumento habitual de autofinanciación.
Reservas de finalidad específica. Se destinan a un propósito concreto: reinversión, expansión, contingencias previsibles. Su carácter vinculante depende del acuerdo que las crea.
Una precisión terminológica frecuente en la práctica: la reserva por revaluación y otras partidas de resultado integral no son reservas de beneficios retenidos. Recogen cambios de valor reconocidos en otro resultado integral y siguen reglas distintas de realización y traspaso.
Asiento de constitución
Las reservas se constituyen al distribuir el resultado, normalmente en la junta que aprueba las cuentas del ejercicio anterior.
Una sociedad obtiene un beneficio de 100.000 y la junta acuerda destinar 10.000 a reserva legal, 40.000 a reservas voluntarias y 50.000 a dividendos:
| Cuenta | Debe | Haber |
|---|---|---|
| Resultado del ejercicio | 100.000 | |
| Reserva legal | 10.000 | |
| Reservas voluntarias | 40.000 | |
| Dividendos por pagar | 50.000 |
Obsérvese que la operación no toca ninguna cuenta de activo ni de resultados: es una reclasificación dentro del patrimonio, salvo por el dividendo, que sí genera un pasivo.
Asiento de aplicación
Cuando la reserva se utiliza para compensar pérdidas acumuladas de 25.000 con cargo a reservas voluntarias:
| Cuenta | Debe | Haber |
|---|---|---|
| Reservas voluntarias | 25.000 | |
| Resultados acumulados negativos | 25.000 |
Si en cambio la junta acuerda repartir 15.000 de reservas voluntarias como dividendo:
| Cuenta | Debe | Haber |
|---|---|---|
| Reservas voluntarias | 15.000 | |
| Dividendos por pagar | 15.000 |
Capitalización de reservas
Una ampliación de capital con cargo a reservas traslada importes de una cuenta de patrimonio a otra, sin entrada de recursos. Capitalización de 60.000 de reservas voluntarias:
| Cuenta | Debe | Haber |
|---|---|---|
| Reservas voluntarias | 60.000 | |
| Capital social | 60.000 |
El patrimonio total no varía. Lo que cambia es su composición: una parte disponible se convierte en capital, sujeto a las restricciones legales propias de esa cuenta.
Errores frecuentes
Registrar la reserva contra una cuenta de gastos. Dotar una reserva nunca es un gasto: no reduce el patrimonio, solo lo reclasifica. Si aparece en el estado de resultados, el asiento está mal planteado.
Confundir reserva con provisión. Una provisión es un pasivo estimado frente a un tercero y sí afecta al resultado. Una reserva es patrimonio propio.
Suponer que existe efectivo equivalente. Una empresa puede tener reservas cuantiosas y no tener caja para repartirlas.
Disponer de la reserva legal. Su carácter indisponible impide repartirla como dividendo mientras no se alcance el límite exigido por la ley societaria aplicable.